El Tribunal Constitucional llevó a cabo la audiencia pública correspondiente al expediente 32-2025, referido al proceso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley N° 32419. Esta norma concede amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas (FFAA), la Policía Nacional del Perú (PNP) y los comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo.
Autoridades y Participantes La audiencia fue presidida por la magistrada Luz Pacheco Zerga, contando con la participación de los magistrados Helder Domínguez Haro (vicepresidente), Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Tricse, Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
La demanda fue sustentada por la Defensoría del Pueblo. Por la parte demandada, el Congreso de la República, expusieron los abogados Ernesto Jorge Blume Fortini, Domingo García Belaúnde, Luis Alberto Pacheco Manujano y Serrano y Ángel Guillermo Delgado Silva, además de la intervención del almirante Jorge Montoya Manrique, autor de la ley cuestionada.
Argumentos de la Defensoría del Pueblo (Demandante)
Incompatibilidad Constitucional: La Defensoría sostuvo que la norma es incompatible con el marco constitucional y el sistema democrático, solicitando que sea expulsada de la legislación nacional.
Afectación a la Justicia: Argumentan que la demora en los procesos judiciales no debe corregirse deslindando la responsabilidad penal de los autores.
Enfatizó la necesidad de salvaguardar los derechos fundamentales y evitar que la norma vulnere el acceso a la verdad y la justicia.
Argumentos del Congreso de la República (Demandados)
Tradición Constitucional: La defensa resaltó que la amnistía es una institución de vieja data en el constitucionalismo peruano, consagrada desde la primera carta de 1828 hasta el artículo 102 de la Constitución de 1993.
Precisaron que esta ley es distinta a la «auto-amnistía» de 1995 (caso Barrios Altos), pues se dicta un cuarto de siglo después en un contexto democrático para dar fin a una etapa lacerante.
Argumentaron que la ley busca la reconciliación nacional frente a más de 1600 carpetas fiscales sin resolver tras 46 años, situación que consideran un «estado de cosas inconstitucional» que vulnera el debido proceso y el plazo razonable de los investigados.
El Tribunal Constitucional ha dejado la causa al voto para su próxima resolución.


