Paiján: ¡Increíble! Hombre es estéril y lo declaran padre biológico

Un caso sin precedentes viene siendo ventilado en el módulo de Justicia de Paiján, en el cual mediante sentencia dictada por la Jueza de Paz Letrado Lodys Diaz Lozano, ésta declaró a Lenin Vladimir Jáuregui Novoa como padre biológico del menor MEEJC, amparando su fallo en el resultado de una prueba genética de ADN que confirmó su paternidad

La resolución judicial se encontraría dentro de lo normal, si no fuera porque el referido demandado es estéril y así lo demuestra con dos exámenes clínicos que se practicó en Laboratorio ESCALABS donde se determinó su carencia absoluta de espermatozoides.

Debe señalarse que la Jueza en  mención nunca valoró las pruebas de espermatograma ofrecidas por el demandado y solo dio valor absoluto a la prueba genética de ADN, cuyas muestras fueron tomadas por LECBILAB, pero que dicha prueba fue practicada en realidad por Laboratorio DDC DNA Diagnostics Center (ninguno de los citados Laboratorios debidamente están acreditados como lo exige la Ley Nº 28457)

Es más por declaración misma inserta en el Informe de resultado del Laboratorio que  practicó la prueba de ADN, la cadena de custodia no fue estricta y los resultados de la paternidad no pueden ser defendidos en juicio, lo que resta totalmente validez a la referida prueba genética, en tanto tampoco se identificaron a las personas que estuvieron en contacto con las muestras en el laboratorio, no se demostró el cumplimiento de las medidas de bioseguridad en el traslado de las muestras, como tampoco el no tener fecha y hora tanto el análisis como la legalización  notarial.

En tal disyuntiva se encuentra el Sr. Lenin Jáuregui, quien está siendo obligado a ser padre de un menor, ya que según su parecer estaba imposibilitado de concebirlo por ser estéril, por lo que para disipar cualquier duda y demostrar su verdad solo ha pedido se vuelva a practicar una nueva prueba de ADN ante laboratorio debidamente acreditado; sin embargo el Poder Judicial es reacio y arbitrario en negarle dicho derecho a probar, atentando también contra el derecho del citado menor a que se determine a su verdadero padre biológico.

Por ello y a fin de evitar que se consume un grave atentado contra sus derechos y los del menor en mención, y que se legitime una contradicción abierta al derecho natural  y a las leyes de la lógica, el Sr. Jáuregui ha apelado la sentencia indicada, apelación que será resuelta por la Jueza Civil de Paiján Zaira Ventura Vega, quien tendrá la enorme responsabilidad de hacer justicia y evitar se siente un precedente nefasto en el derecho de familia, reservándose el demandado el derecho de accionar contra Laboratorio LECBILAB, que fue quien promovió esta anomalía.