Empresa se niega a recoger las unidades vehiculares y exige conformidad de la prestación
La Contraloría General evidenció que la Gerencia Regional de Contrataciones del Gobierno Regional (GORE) La Libertad elaboró y suscribió un contrato para la adquisición de 18 camionetas para la Subgerencia de Obras y Supervisión, sin tener en cuenta lo señalado en las especificaciones técnicas de las bases integradas del procedimiento de selección.
Según lo reportado en el Informe de Visita de Control N° 002-2024-OCI/5342-SVC, se consideró como especificación técnica la presentada durante la etapa Perfeccionamiento del Contrato, por la empresa que ganó la buena pro, la cual difiere con las bases y el modelo del vehículo que dicha empresa presentó en su oferta durante el desarrollo del procedimiento de selección.
En esa línea de ideas, se firmó contrato para la compra de 18 camionetas modelo Hilux 4×4 D/C 1GD MT SR (por S/ 3 381 430) cuando el modelo que correspondía era Hilux 4×4 D/C 1 GD M/T SRV; por lo que se observó que los aros de dichas unidades vehiculares son de acero y no de aleación, entre otros aspectos que fueron observados por el área usuaria: la Subgerencia de Obras y Supervisión.
Ante dichas observaciones, la Gerencia Regional de Contrataciones le solicitó a la empresa el retiro de las 18 camionetas de la sede del GORE La Libertad, a través de dos cartas notariales que consignan como fecha de recojo los pasados 30 de diciembre de 2023 y 11 de enero de 2024; sin embargo, las 18 unidades vehiculares continúan almacenadas en la entidad.
Sobre ello, la empresa aseguró vía carta remitida al GORE La Libertad, que no recogerán las 18 camionetas porque sí cumplieron con levantar las observaciones y con las características ofrecidas, por tanto, reclaman la conformidad acogiéndose a la ley que corresponde.
El informe de visita de control fue comunicado al gobernador regional para que en el marco de sus competencias en la gestión institucional adopte las acciones que correspondan, las cuales deben ser comunicadas a esta entidad fiscalizadora superior en un plazo máximo de cinco días hábiles.